Meteorito Berduc: El Informe Final

Fragmento principal del meteorito Berduc

Caída, búsqueda y hallazgo:

La noche del día domingo 6 de Abril de 2008 a las 22:00 hs. un bólido muy brillante atravesó la atmósfera terrestre. Dicho bólido fue avistado desde varias provincias argentinas y desde Uruguay.
Aproximadamente a las 22:15 hs. algunos miembros de la Asociación Entrerriana de Astronomía (AEA), Mariano Andrés Peter y Juan Pablo Sotera, comenzaron a recibir reportes visuales de testigos de la ciudad de Paraná y alrededores. Todos eran coincidentes en cuanto a que se trataba de un fenómeno lumínico muy intenso que se desplazaba a gran velocidad por el cielo y que parecía haber estallado cerca del horizonte Este.
Marcelo Bonnin (miembro de la AEA) y José Pasgal (colaborador de la AEA) que se encontraban trabajando en canal 9 de Paraná, recibieron incontables llamados telefónicos de testigos oriundos de los departamentos Villaguay y San Salvador, en el centro – Este geográfico de la Provincia de Entre Ríos. Estos testigos aseguraban haber sentido vibraciones en las puertas, ventanas y techos de sus casas acompañadas de un gran destello en el cielo similar a un relámpago pero más intenso.

Marco legal sobre el hallazgo y tenencia de meteoritos en Argentina:

En los días posteriores a la caída se hicieron presentes los coleccionistas y traficantes de meteoritos, tanto de Argentina como de otros países.
Estas personas se llevaron gran cantidad de piezas para venderlas a coleccionistas privados y museos de todo el mundo.
Uno de estos traficantes, Mike Farmer, publico en su sitio web muchas fotos y datos de su estadía en la provincia y de los 6 kg de rocas que saco ilegalmente del país con destino a los Estados Unidos para su comercialización.
Un fragmento de 5 kg fue supuestamente encontrado en la zona pero no se hallaron rastros del mismo ni tampoco testimonios confiables que pudieran corroborar el rumor.
El Dr. Gonzalo Tancredi puso en conocimiento a la AEA de esta situación para que esta a su vez diera aviso a las autoridades provinciales y se efectuara la correspondiente denuncia ante Interpol.

Los traficantes se llevaron varias piezas como estas

Pero lamentablemente la inoperancia de los funcionarios entendidos en la materia y la burocracia gubernamental hicieron fracasar el proceso.
La regulación legal del hallazgo, posesión y propiedad de fragmentos meteoríticos era un tema sin dilucidar antes de la caída del meteorito Berduc. Por tal motivo el Dr. Alberto Anunziato, abogado y miembro de la AEA, realizó el análisis legal de la situación ante los reclamos del Estado Provincial sobre la propiedad de las piezas.
Los meteoritos, mientras están en el espacio, son “res nullius”, no son propiedad de ninguna persona en particular sino “patrimonio común de la humanidad”, lo establece el Art. 11 de la Convención internacional sobre las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes. Pero al penetrar en la atmósfera terrestre por medios naturales (Art.1.3 del tratado citado) dejan de ser patrimonio de la humanidad para transformarse en cosas muebles.

Sitios donde han caído meteoritos en Entre Ríos, la mayoría fueron sacados del país

Para nuestro ordenamiento jurídico (Art. 2.412 del Código Civil) quien posee una cosa mueble es reputado su dueño, salvo que sea una cosa robada o perdida, no necesita ninguna documentación para probar la propiedad, quien invoca que es robada o perdida debe probarlo.
Jurídicamente la propiedad del fragmento se adquiere por “apropiación” de una cosa mueble sin dueño (Art. 2.525 del Código Civil).
La legislación argentina carece de normas específicas respecto a la propiedad de los fragmentos meteoríticos, se aplican las reglas comunes a todas las cosas muebles.
La ley 26.306 dispone que los meteoritos y demás cuerpos celestes que se encuentren o ingresen en el futuro al territorio argentino o su espacio aéreo son bienes culturales y se les aplican las convenciones internacionales sobre importación y exportación ilícita de bienes culturales.

 

Los fragmentos en las vitrinas del Museo Espacial del Observatorio de Oro Verde – AEA

Las obligaciones de los particulares se limitan a brindar información sobre el bien, destinada a la inscripción del mismo en un Registro de Bienes Culturales que tiene como objetivo, además de un mayor conocimiento sobre el Patrimonio Cultural, evitar el tráfico ilícito de objetos y facilitar la recuperación en el caso de que hayan salido ilícitamente del país. Los particulares deben cumplir una serie de formalidades legales para poder transportarlos fuera del país, para evitar el tráfico ilícito. La Provincia de Entre Ríos carece de un Registro de Bienes Culturales.
El hecho de que los fragmentos meteoríticos sean declarados “bienes culturales” no cambia el régimen legal sobre cómo adquirir la propiedad de los mismos, que sigue basándose en el descubrimiento y en la apropiación de los mismos, por particulares o por el Estado.
Los fragmentos meteoríticos del Berduc que recuperó la AEA pueden ser disfrutados por el público en el Museo de nuestra institución, ubicado en el Observatorio Astronómico de Oro Verde.

2 comentarios en «Meteorito Berduc: El Informe Final»

  1. Buenos días, estoy muy interesado, en iniciarme en la astronomia, poseo un telescopio sky watcher. Quisiera saber si dictan cursos, y ser asi los costos de los mismos. Agradezco desde ya su respuesta. 03477 15505404

    1. Hola Tadeo, de momento no estamos dictando cursos pero te invitamos a que te acerques algun sabado al observatorio. Saludos.

Responder a Tadeo Nicolas Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.